Os dejo un cuadro comparativo que os ayudará a visualizar y a entender de una forma rápida y esquemática las modificaciones que ha supuesto la publicación del Real Decreto Ley 16/2013, del que las que ya hablé en un post anterior. El cuadro lo facilitó la propia Tesorería General de la Seguridad Social en su Boletín de Noticias Red 10/2013 de 27 de diciembre.
No obstante, y tras la presión mediática y todo el revuelo ocasionado por la entrada en vigor de esta nueva norma, el plazo para la comunicación de todos estos conceptos y su cotización, inicialmente previsto hasta el 31 de marzo de 2014, ha sido modificado recientemente por la Resolución del Director General de 23 de enero de 2014 de la Tesorería General de la Seguridad Social (BOE de 31 de enero de 2014), ampliándolo hasta el 31 de mayo de 2014.
Cotizar, habrá que cotizar, si no estamos exentos, pero nos dejan más tiempo para hacerlo sin recargo, dos meses más.