LA REFORMA FISCAL 2015
La reforma fiscal para el año 2015 se encuentra en estos momentos en el senado para su aprobación en unas pocas semanas. Las principales modificaciones respecto al año 2014 son las siguientes:
1.-Novedades en el IRPF
a.- Se rebajan los tramos de gravamen en el IRPF, siendo el tipo máximo para 2015 del 47% para una renta de 60.000 euros y el 45% para el 2016 y la misma renta.
Comentario: si superas en rendimientos los 60.000 euros ya vas a tributar por lo máximo, pudiendo aumentar esos rendimientos para el mismo tipo de gravamen.
b.- Las tarifas del ahorro serán los siguientes tramos:
AÑO 2015 |
AÑO 2016 |
|
Hasta 6.000 euros |
20% |
19% |
De 6.000 a 50.000 euros |
22% |
21% |
En adelante |
24% |
23% |
c.- Se limita la indemnización por despido a 180.000 euros como exentos.
d.- La reducción de las Rentas Irregulares pasan del 40% al 30%.
e.- La deducción de los planes de pensiones para 2014 es de 10.000 euros (mayores de 50 años de 12.500 euros), para 2015 como máximo para todo de 8.000 euros.
f.- Se suprime la deducción estatal por arrendamiento de vivienda.
g.- Se suprime la exención de los 1.500 euros por dividendos.
h.- Módulos:
- Se mantienen igual durante el año 2015
- En el año 2016: deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.- No superar la cifra de negocios los 150.000 euros anuales (también en las compras) y que no procedan más del 50% de clientes empresarios.
2.- Reducción de las actividades acogidas a la retención del 1%.
i.- En cuanto a la definición de Actividad Económica se suprime el requisito de local, pero se mantiene el de persona empleada a jornada completa y contrato laboral.
j.- En Estimación directa simplificada se pone límite de 2.000 euros a la deducción del 1% de difícil justificación.
k.- Se suprimen los coeficientes de abatimiento y de corrección monetaria.
l.- Se elimina la integración en la base general de las plusvalías a menos de un año.
m.- Nuevos Planes de Ahorro 5, de forma de cuenta bancaria o seguro que garanticen la restitución de al menos el 85% de la inversión. Los rendimientos estarán exentos si se mantienen cinco años. La aportación máxima anual no podrá superar los 5.000 euros.
n.- Exención de plusvalías para mayores de 65 años. La ganancia patrimonial puede ser de cualquier bien de su patrimonio, siempre que el dinero se destine a una renta vitalicia. Límite 240.000 euros.
ñ.- Los contribuyentes que tengan a su cargo ascendientes o descendientes con discapacidad, podrán obtener 1.200 euros por cada uno.
Las novedades en el Impuesto de Sociedades y en el IVA las expondremos en el siguiente post.